El nuevo Código Procesal Penal

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Por: Ricardo León Aguilar

Uno de mis clásicos literarios favoritos es la obra titulada “Los Miserables” de Víctor Hugo. Esta novela narra la vida de un expresidiario llamado Jean Valjean, situándonos en la Francia de las guerras Napoleónicas. Este sujeto, busca desesperadamente conseguir una vida digna y honrosa, a raíz del encuentro con un obispo, que funge de pieza fundamental en el cambio de actitud de Jean Valjean. Lamentablemente, Valjean, será perseguido por el oficial de policía Javert.

Javert cree que un ex convicto jamás cambiará. Ha buscado por más de 20 años a Jean Valjean, acusándolo de diversos cargos. Según el ex presidiario, estuvo en la cárcel por haber robado una hogaza de pan. Esta obra termina siendo una descripción de la condena e injusticia que se vivía en Francia a finales del siglo XIX. En Javert, podemos distinguir el poder estatal de perseguir el delito, que en nuestro medio se manifiesta en el Ministerio Público, particularmente en los fiscales. Ellos, son los encargados de materializar la potestad que hemos cedido al Estado en favor del bien común.

Desde el 1 de abril de este año, hace pocos días, la entrada en vigencia del Código Procesal Penal nos ha tenido con el alma en vilo. Estas nuevas normas en materia procesal penal, han sido difundidas por todos los medios. Los representantes estatales aseguran que estas normas mejoraran el sistema penal, empero, han existidos muchas opiniones en contra.

Hasta hoy son 14 distritos judiciales que aplican esta normativa en todo el país. Pero, ¿qué implica estas nuevas normas? Lo más resaltante es que, prima la oralidad en el proceso, es decir, se dejará de lado los voluminosos escritos que tan sólo hacen crecer el expediente y demorar el proceso. Además de una serie de postulados que responden a las tendencias neo constitucionales frente a un vetusto positivismo jurídico.

El verdadero estudio de los procesos y la capacidad de los fiscales y abogados de los inculpados, se verán en juego, pues si se realiza una acusación mediocre, muchos delincuentes se verán absueltos y, en contraposición a ello, una defensa tenue, ocasionará que muchas personas inocentes corran el riesgo de ser sancionados por actos que jamás cometieron.

Con las antiguas leyes en materia procesal penal, existían varios titulares de la investigación. Por un lado estaba la investigación de los fiscales, por otro lado la de los jueces, rompiendo la esfera de imparcialidad que deberían tener. Eso hacía que los procesos penales sean realmente largos y, es más, muchas personas se encontraban presas mientras seguía su proceso, cayendo en angustia sobre su futuro.

Pese a traernos un sinfín de expectativas, nos preguntamos si el Estado está en la capacidad de asumir esta aceleración de procesos, pues el nuevo código busca una celeridad judicial nunca antes vista en el Perú. Todo ello implica un costo, que no sólo es en dinero, sino también, un costo humano. Esto envuelve que los fiscales, policía nacional y jueces estén debidamente preparados, no sólo en conocimientos, sino en valores morales que ayuden a cumplir estas nuevas normas. Un día hablando con un jurista de talla nacional, me dijo: el problema jurídico peruano, no está en las leyes, sino en los aplicadores de ellas, pues aunque saquemos nuevas leyes y los aplicadores sigan siendo corruptos, nunca cambiará nada.

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